unionemptydeemptyfotografosemptyindependienteemptyufi

lunes, 19 de marzo de 2012

TRIBUNAL DE AYSÉN ACOGE QUERELLA POR LEY DE SEGURIDAD DEL ESTADO MIENTRAS LOS ACUSADOS SE REÚNEN





Luego de la polémica suscitada por la invocación de la Ley de Seguridad del Estado en la región de Aysén y el envío del decreto con el nombramiento de Rodrigo Hinzpeter como ministro del Interior, fue acogida este sábado la querella presentada en contra de 22 aiseninos por provocar desórdenes, alterar el orden público y obstruir el libre tránsito de las personas.

Requerimiento por Ley de Seguridad del Estado es ingresado formalmente en Aysén. Después del error cometido por el ministerio del Interior, que mandó una fotocopia del decreto que acredita a Rodrigo Hinzpeter como titular de la cartera en vez del documento oficial, el ejecutivo mandó en helicóptero el cuadro que se solicitaba, justo antes del cierre del plazo.
Poco antes del mediodía llegó a Aysén el documento que permitió al ministerio del interior implantar la Ley de Seguridad del Estado en la Región. El juez Juan Patricio Silva había rechazado acoger la querella por no contar con este documento original. Por esta razón y tras la solicitud, el secretario de Estado decidió mandar el objeto en cuestión que tenía en su oficina en el Palacio de La Moneda.
Lo anterior, después que el juez de Letras y Garantía de Puerto Aysén, Juan Patricio Silva determinara que“previo a proveer, exhíbase dentro de tercero día, en original o en copia autoriza el título en cuya virtud comparece el querellante de autos, conforme lo dispuesto en el inciso 6° del Código de Procedimiento Civil aplicable en la especie, bajo apercibimiento de tener por no presentada la solicitud, para todos los efectos legales, atento lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 18.120″.
El juez que tomó la decisión de exigir el documento oficial explicó sus motivos:  “Todos sabemos quién es el ministro del Interior, pero nadie está sobre la ley y el documento que yo pedía era necesario”.

GRAFICOS EN LA LUCHA 

No hay comentarios:

Publicar un comentario